REGLAMENTO DE INTERNADO

UNIVERSIDAD PRIVADA SAN PEDRO
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
ESCUELA PROFESIONAL DE PSICOLOGIA

REGLAMENTO DE INTERNADO EN PSICOLOGIA


CAPITULO I

GENERALIDADES

DE LA FINALIDAD

Art. 1º El presente reglamento tiene por finalidad normar el desarrollo de las prácticas pre profesionales de internado de los estudiantes matriculados en el XI-XII Ciclo de la Escuela Profesional de Psicología de la Universidad Privada San Pedro.

Art. 2º Normar la organización, ejecución y evaluación de las prácticas pre- profesionales de internado y garantizar que las actividades constituyan un trabajo sistemático, organizado y coherente.

DE LOS OBJETIVOS

Art. 3º Son objetivos del presente reglamento:

a) Objetivo General
Determinar y normar las diversas actividades que implican las prácticas pre-profesionales del período de internado de los alumnos de la Escuela Profesional de Psicología de la Universidad Privada San Pedro.

b) Objetivos Específicos
b.1. Orientar el desarrollo de las prácticas pre-profesionales de internado de los estudiantes matriculados en el XI-XII ciclo de la Escuela Profesional de Psicología.
b.2. Especificar y normar las diferentes actividades que deben realizar los internos de Psicología de acuerdo al área donde se desempeñan.
b.3. Reglamentar la evaluación del desempeño de los internos.
b.4. Orientar al interno sobre los deberes, derechos y sanciones que les corresponde como estudiante matriculado en los ciclos correspondientes.

CAPITULO II

BASES LEGALES

Art. 4º. El presente Reglamento tiene como base legal:
· Ley universitaria Nº 23733
· Estatuto de la Universidad Privada San Pedro.
· Reglamento General de la Universidad
· Reglamento de la Facultad
· Manual de Organización y Funciones de la Facultad
· Plan de Estudios de la Escuela Profesional de Psicología

CAPITULO III

DEFINICION, OBJETIVOS Y ORGANIZACIÓN DEL INTERNADO

DE LA DEFINICIÓN DE INTERNADO.

Art. 5° El internado, es la actividad académica donde los estudiantes que han concluido satisfactoriamente los 10 ciclos académicos de formación universitaria, ponen en práctica los conocimientos teóricos-prácticos adquiridos en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Estas prácticas pre-profesionales tienen una duración de un año calendario. Equivale a 2 ciclos académicos de 6 meses cada uno y un valor de 44 créditos con los cuales se concluye la carrera profesional de Psicología.
Su cumplimiento y aprobación es requisito indispensable para acceder al grado de bachiller

DE LOS OBJETIVOS DEL INTERNADO

Art. 6º Su objetivo es complementar la preparación académica, científica, técnica y humanística del estudiante a través del desarrollo de actividades prácticas, poniéndolo en contacto con la problemática y necesidades del país.


DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL INTERNADO

Del comité de Internado

Art. 7º Las actividades del internado estarán bajo la responsabilidad directa de la Comisión de Internado.

Art. 8º El comité de Internado depende de la Dirección de Escuela Profesional de
Psicología de la Universidad Privada “San Pedro” y será elegido por el
periodo de un año. Esta integrada por:

a) Coordinador del Comité de Internado
b) Asesores de Internado de la universidad

Art. 9º. Son Funciones del comité de Internado

a) Programar, controlar y evaluar las actividades de los internos.
b) Tomar acuerdos para el adecuado desarrollo de las actividades del internado.
c) Planificar y ejecutar el proceso de evaluación para seleccionar los internos de acuerdo a las áreas correspondientes.
d) Realizar la distribución de los internos en orden estricto de méritos.
e) Atender cualquier observación o reclamo referente a su competencia.
f) Formular el Plan operativo de internado correspondiente a cada año académico.
g) Elaborar, evaluar y recomendar al Director de la Escuela de Psicología los convenios Básicos de Asistencia académico-científica para internado en Psicología con aquellos Centros o instituciones de carácter público o privado que ofrezcan la máxima garantía para la práctica profesionales.
h) Evaluar y calificar las sedes de internado de manera que garanticen el óptimo aprendizaje, perfeccionamiento y ejercicio profesional de acuerdo a los fines y objetivos propuestos.
i) Publicar con anticipación las instituciones y lugares donde los estudiantes puedan realizar el internado, señalando los requisitos y condiciones que son necesarios.
j) Solicitar a la Dirección de la Escuela de Psicología que se extienda al estudiante la carta o documento de presentación a la sede donde realizará su internado.
k) Otorgar el reglamento de internado a los estudiantes matriculados y a los asesores de las Sedes y de la Universidad.
l) Otorgar el formato y modelos de planes de trabajo de internado a los estudiantes matriculados.
m) Recepcionar, revisar y archivar las memorias de cada estudiante, una vez concluida las prácticas de internado.
n) Otorgar la constancia de haber concluido las prácticas de internado como requisito para obtener el grado de bachiller o para realizar otros trámites.
o) Convocar a los estudiantes que culminen el décimo ciclo, para la capacitación y orientación respectiva sobre el internado.

Art. 10° Funciones del coordinador del comité de Internado

a) Representar al comité de Internado en las diversas actividades y gestiones que son de su competencia.
b) Autorizar la inscripción y empadronamiento de los estudiantes hábiles en el registro de internado.
c) Elaborar las Boletas de Evaluación de Internado correspondientes al ciclo académico XI - XII.
d) Remitir el reglamento de internado y las fichas de evaluación a los asesores de las sedes respectivas.
e) Hacer cumplir los acuerdos de las reuniones del comité de Internado.
f) Coordinar con los psicólogos asesores de las sedes de internado para el desarrollo de las prácticas y sobre las evaluaciones de los internos.
g) Recepcionar, revisar y archivar los informes mensuales de las actividades desarrolladas con copia para el interno.
h) Asignar racionalmente a cada asesor el número de internos a su cargo.
i) Promediar las calificaciones de las evaluaciones obtenidas por el interno en forma trimestral.

DEL ASESORAMIENTO

Art. 11º El asesoramiento viene a ser el acompañamiento y supervisión en un periodo determinado que realiza un profesional psicólogo con experiencia en el desempeño de la carrera a otra persona no profesional o que se encuentra en proceso de profesionalización.

Art. 12º El asesoramiento y supervisión de las prácticas de internado serán obligatorios y permanentes durante todo el periodo de internado.

Art. 13º El asesoramiento de las prácticas de internado se realiza en dos niveles:

a) Dentro de las instituciones o sedes donde el interno realiza sus prácticas y estará a cargo del psicólogo de la institución. El internista, tendrá la posibilidad de recibir orientación y asesoría académica y profesional por parte del psicólogo que le asigna la institución.

b) Dentro de la Universidad, el asesoramiento estará a cargo de un docente que designe la Escuela de Psicología o el coordinador del comité de internado. Las sesiones de asesoramiento serán 4 horas semanales en las cuales se abordarán y discutirán las diversas actividades planificadas y realizadas según el plan de trabajo.

Art. 14º Los estudiantes que realicen sus prácticas de internado fuera de la provincia o del departamento, deberán presentarse como mínimo una vez al mes. Si por la distancia u otras situaciones no pueden acceder a la asesoría permanente, quedará a criterio del asesor de la Universidad en coordinación con el comité, resolver dicha situación.

DE LOS ASESORES

Art. 15º Los asesores son profesionales psicólogos titulados y colegiados, con experiencia en el ejercicio profesional y se desempeñan en la actualidad, en una o más áreas de la psicología (clínica, educativa, laboral - organizacional, social, comunitaria, asistencia y promoción social, investigación, docencia, etc.)

Art. 16º Funciones y deberes del Asesor de la sede de internado

a) Asesorar a los estudiantes matriculados en el XI- XII ciclo académico que inician las prácticas-profesionales de internado en psicología.
b) El asesor de la sede de internado, dedicará un mínimo de 03 horas semanales para orientar y acompañar al interno en su proceso de formación y consolidación profesional. Para esto el asesor tendrá en cuenta el plan de trabajo de cada interno y de la institución o centro de internado.

c) Supervisar el cumplimiento de los objetivos diseñados en el plan de trabajo anual de acuerdo al cronograma establecido.

d) Evaluar el proceso de aprendizaje y desempeño teórico- práctico del interno, dando a conocer la calificación trimestral al asesor de la universidad o al comité de internado.


Art. 17° Funciones y deberes del Asesor de internado de la Universidad

a) Asesorar y supervisar en la sede universitaria a los internos matriculados en el ciclo correspondiente, en las fechas y horas establecidas por la dirección de Escuela o por acuerdo mutuo entre el asesor y los alumnos.
b) Orientar y supervisar al interno en la elaboración, ejecución y evaluación del plan de trabajo de cada interno en concordancia con el centro de internado, el mismo que servirá de pauta para evaluar los objetivos y metas trazadas.
c) El asesor de la universidad dedicará a exclusividad un mínimo de 4 horas semanales dentro de la universidad para asesorar, orientar y supervisar las prácticas de los internos, teniendo en cuenta el plan de trabajo de cada alumno.
d) Realizar sesiones de discusión de casos clínicos, orientar la evaluación, diagnóstico y tratamiento, revisar los informes mensuales, los mismos que servirán para las calificaciones semestrales.
e) Calificar cuantitativamente y cualitativamente el proceso de aprendizaje del interno de acuerdo a su desempeño teórico- práctico.
f) Remitir las calificaciones promediadas de cada ciclo de internado a la jefatura correspondiente.
g) Revisar los informes memorias de los internos al finalizar las prácticas de internado, la misma que servirá para otorgar la constancia de haber concluido satisfactoriamente el periodo de internado en Psicología.
h) Programar y dirigir la exposición de casos clínicos y la sustentación de los informes - memoria de internado.
i) Revisar y firmar el cuaderno de actividades diarias de cada interno a su cargo


CAPITULO IV

DEL INTERNADO

Art. 18° El año académico del internado de Psicología tiene una duración de doce meses cronológicos y comprende los ciclos XI y XII de seis meses de duración cada uno
Art. 19° Cada semestre de internado tiene un valor de 22 créditos

Art. 20° El inicio oficial del internado se computa a partir de la aceptación oficial
de la sede de internado a través del carta de aceptación y con la matrícula
respectiva en la Universidad.

Art. 21° Cuando en las sedes de internado se produzcan paralizaciones por razones de huelga u otras situaciones ajenas a la voluntad del interno, dicho tiempo será computado normalmente, salvo que la paralización exceda a los 2 meses cronológicos, en cuyo caso el interno está obligado a cambiar de centro de internado y recuperar el tiempo perdido.

Art. 23° El tiempo de vacaciones en las sedes educativas no será tomado en cuenta para el cómputo final, excepto si el alumno presenta al comité de internado un plan de trabajo a realizar en dicho periodo y con la debida aprobación del asesor de internado.

DEL INTERNO

Art. 24° Son internos de psicología los estudiantes que han concluido satisfactoriamente los 10 ciclos académicos dentro del ámbito de la universidad y que han logrado obtener la cantidad de créditos establecidos en el plan curricular. Estos estudiantes se encuentran matriculados en el XI-XII ciclo denominado periodo de internado.

Art. 25° El alumno deberá cumplir con la presentación de su currículo vitae documentado, indispensable para la entrevista con los asesores, quienes determinarán su afianzamiento vocacional y su aptitud para el inicio del internado en el área correspondiente.

Art. 26° Los requisitos para adquirir la condición de interno son los siguientes:

a) Ficha de matrícula del XI -XII ciclo académico
b) Fotocopia de recibo de pago de matricula y primera cuota del XI-XII ciclo académico.
c) Una fotografía tamaño carné
d) Copia de Certificados de estudio de pre grado (10 ciclos) o Kardex de Notas
e) Carta de presentación y de habilitación para realizar el internado otorgada por la Dirección de Escuela.
f) Carta de aceptación de la sede de internado.
g) Constancia de asistencia a las sesiones de capacitación de pre-internado
h) Constancias de haber asistido a eventos de capacitación relacionados con la especialidad pudiendo ser en calidad de asistente, ponente, organizador, adherente, moderador, etc.
i) Las constancias de capacitación en calidad de Asistente, deberán ser en un número mínimo de 20, al inicio de Internado. De ellos el 60% deben haber sido desarrolladas por la Escuela de Psicología de la Universidad Privada San Pedro.
j) Constancia de Tutoría (una por cada ciclo)

Art. 27° Al término del internado deberá consignar en el expediente lo siguiente:

a) Boleta de evaluación del desempeño otorgado por el asesor de internado de
la sede.
b) Boleta de evaluación del asesor de la Universidad
c) Acta de calificación promediada
d) Constancia de presentación y sustentación del Informe- Memoria de internado.
e) Constancia de haber concluido satisfactoriamente el internado otorgado por el asesor o institución donde realizó el internado.


DE LAS OLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS INTERNOS

Art. 28° Los alumnos internos de psicología, dependen administrativamente del establecimiento o sede de internado y académicamente de la Escuela Profesional de Psicología.

Art. 29° Sus obligaciones son:

a) Cumplir con los requisitos para realizar las prácticas de internado.
b) Presentar la carta de aceptación de la institución o sede de internado.
c) Cumplir con el reglamento de internado de la universidad.
d) Iniciar las actividades de internado inmediatamente después de su presentación en la sede, previo trámite de matrícula y pago de pensiones a la universidad.
e) Estar al día en sus aportes mensuales a la universidad durante los doce meses del periodo de su internado.
f) Registrar su asistencia de entrada y salida según lo establecido en la sede de internado.
g) Cumplir con los horarios establecidos por la institución o sede donde realizará las prácticas de internado.
h) Asistir al establecimiento o sede debidamente uniformado y con su identificación respectiva.
i) Cumplir con las normas y reglamentos establecidos en la institución de internado e involucrarse en las diferentes actividades relacionadas al trabajo psicológico y afines a la profesión.
j) Presentar su plan de trabajo de internado antes de los 30 días de iniciada sus actividades, para ser incluido en su expediente de internado
k) Cumplir con las actividades propuestas en el plan de trabajo de internado.
l) Llevar un cuaderno de control, para el registro diario de las actividades realizadas.
m) Informar mensualmente por escrito al asesor de la universidad sobre el desarrollo de las actividades de internado.
n) Asistir a las reuniones de supervisión y asesoramiento establecidos por la jefatura de internado de la universidad.
o) Asistir y cumplir con las sesiones de asesoramiento programados por el asesor de sede de internado.
p) Presentar los informes mensuales al asesor de la universidad.
q) Elaborar, presentar y sustentar el informe memoria, una vez concluido el periodo de prácticas de internado.
r) Desarrollar y ejercitar las prácticas pre-profesionales en los aspectos de evaluación, diagnóstico, tratamiento y prevención, así como en los niveles de promoción e investigación psicológica.
s) Participar en campañas de promoción y extensión universitaria que programe la Universidad, Facultad de Ciencias de la Salud o Escuela de Psicología y que demande su asistencia.
t) Participar en eventos o actividades académicas y científicas que estén relacionados al quehacer de la profesión.
u) Auto capacitarse permanentemente a través de lectura y análisis de los casos que enriquezcan el conocimiento y la formación académica y científica del alumno.

Art. 30° Son derechos del interno:

a) Recibir la carta de presentación y habilitación de la Facultad de Ciencias de la Salud o Escuela de Psicología, dirigida a la institución donde realizará el internado.
b) Recibir asesoramiento en la universidad y en el centro de internado durante todo el periodo de internado.
c) Gozar de los beneficios de las instalaciones de la universidad con fines educativos y de eventos que organice la universidad con las facilidades respectivas.
d) Obtener los servicios de bienestar estudiantil de la universidad, biblioteca, Internet y otros
e) Participar en las actividades que demanden su concurso y de acuerdo a lo programado en su sede.
f) Obtener la Boleta de notas de evaluación de Internado expedida por el Comité de internado.
g) Solicitar la constancia de haber concluido el periodo de internado.

DE LOS CAMBIOS Y PERMUTAS

Art. 31° El comité de internado aprobará cualquier cambio de sede de internado, solo después de transcurrido los 6 primeros meses (primer periodo de internado) adjuntando la presentación de la carta de aceptación de la institución a la cual desea ingresar.

DE LAS LICENCIAS Y SANCIONES

Art. 32° Las licencias estarán sujetas al reglamento de internado del
establecimiento o sede. El mismo que no lo exime de completar los 12
meses de internado.

Art. 33° Los internos que por razones de salud u otras causales se vean obligados a
suspender el internado, deberán remitir a la Comité de internado el documento de justificación pertinente, acompañado del certificado médico expedido por las instituciones de salud u otro documento probatorio.

Art. 34° El estudiante que tenga menos de 4 meses de prácticas de internado, y se vea precisado a suspender sus labores, deberá reiniciar el periodo como nuevo interno, previa presentación de los documentos que sustenten dicha suspensión.

Art. 35° Toda inasistencia injustificada al centro de internado irá en desmedro de
la evaluación del interno

Art. 36° Son faltas sancionables: actitud de indisciplina en el centro de internado, actuación contra el código de ética, abandono del internado sin previo aviso, 30 % de inasistencia a la sede y/o a la asesoría de la universidad, actos contra la fe, moral, y otras que el Comité de Internado así lo considere.

Art. 37° Ante la observación de alguna falta según Art. Nº 36, el asesor de la sede y de la universidad, informarán inmediatamente al comité de internado, quien después de la evaluación respectiva, impondrá la sanción correspondiente de acuerdo a la naturaleza de la misma.

Art. 38° Las sanciones serán desde la amonestación hasta la suspensión de las prácticas de internado, y será por el periodo de un año lectivo, con informe respectivo a consejo de facultad, decano y director de escuela.

Art. 39°. El interno que haya abandonado sus prácticas, sin hacer de conocimiento al asesor de sede y/o asesor de Universidad, perderá automáticamente su condición de interno y será sujeto de suspensión por el periodo de un año lectivo.

Art. 40°. El interno que no presente la memoria de internado en los 30 días
siguientes de haber culminado su internado, deberá presentar :

a) Documento solicitando asesoría, revisión y aprobación de informe de memoria.
b) Recibo de pago por dicho concepto y trámite.

DE LA SUSPENSION DEL INTERNO

Art. 41° El interno podrá ser suspendido y/o desaprobado en sus prácticas pre-profesionales por lo siguiente:

a) Incumplimiento de las asesorias en la universidad correspondiente al 30% de inasistencias injustificadas en el periodo respectivo.
b) Por el 30% de inasistencias injustificadas al centro de internado en cada semestre.
c) Demostrada ineficacia e irresponsabilidad en el desempeño de sus prácticas pre-profesionales.
d) Evaluación desfavorable del asesor de centro de internado.
e) Evaluación desfavorable del asesor de la universidad.
f) Incumplimiento del reglamento de internado.
g) Abandono de las prácticas de internado sin previo aviso al asesor de sede y asesor de universidad.

DEL PROCESO DE EVALUACION

Art. 42° La evaluación estará referida a la valoración del desempeño del internista en las diferentes actividades programadas en el plan de trabajo, el mismo que hace referencia al manejo y dominio de los aspectos teóricos y prácticos, así como en los aspectos cualitativos relacionados a la iniciativa, interés, responsabilidad, puntualidad y organización.

Art. 43° Para la calificación se empleará el sistema vigesimal de 0 a 20 y será utilizado por el asesor de la sede y por el asesor de la universidad, quienes a la vez tendrán la responsabilidad de elevar dicha evaluación, al comité de internado o dirección de escuela.

Art. 44° La evaluación del interno será un proceso permanente y se dará en todo el periodo de internado. Se reportarán calificaciones de cada trimestre y una nota final al término del periodo de internado.

Art. 45° La evaluación del interno estará bajo la responsabilidad de:

a) El Asesor de sede de internado
b) Evaluación del asesor de Universidad.

Art. 46° La nota de evaluación final será vigesimal de 0 a 20 y se obtendrá promediando la nota del asesor de la sede y el asesor de la Universidad.

Art. 47° Los responsables de internado deberán tener en cuenta para la respectiva
calificación los siguientes elementos:

a) El cumplimiento de las actividades programadas en el plan de trabajo.
b) Asistencia regular y puntualidad a las reuniones de asesoría.
c) Asistencia regular y puntualidad a las prácticas en la sede de internado.
d) Participación en actividades institucionales y de proyección social organizada por la Universidad y por la sede de internado.
e) Entrega oportuna y calidad en los trabajos monográficos, de investigación y del estudio de casos clínicos.
f) Participación y asistencia a eventos académicos científicos.
g) Calidad en el desempeño teórico y práctico.
h) Manejo de casos clínicos, psicosociales, educativos y de otra índole.

Art. 48° La sustentación de casos clínicos y del Informe-Memoria tendrán una nota
representativa que se sumarán a la calificación final del interno.

Art. 49° El interno que haya incurrido en falta según los Artículos 36°, 37° y 39°, será desaprobado o inhabilitado, según lo considere el comité de Internado.

CAPITULO V

DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art. 50° El presente reglamento de internado entrara en vigencia, inmediatamente después de haber sido aprobado por las autoridades respectivas de la universidad

Art. 51° Las consideraciones no contempladas en el presente reglamento serán resueltas por el comité de Internado de la Escuela Profesional de Psicología de la Universidad Privada “San Pedro”


Chimbote, marzo de 2007